RED DE SALUD REPUDIA LA NUEVA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY DE BIOCIDAS

09.08.2013 21:07
Esto va a salir mañana en Diario Norte.
 
 
 
 
Sent: Wednesday, August 07, 2013 5:46 PM
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Subject: CHACO: NUEVA REGLAMENTACION DE LA LEY DE BIOCIDAS Nº 7032 - DCTO. 1567/13
 

Desde la Red de Salud Popular Dr. Ramón Carrillo manifestamos nuestra indignación ante este nuevo atropello a los derechos humanos llevado a cabo por funcionarios del Poder Ejecutivo.  El 02 de agosto del 2013 el PE emite el Decreto Nº 1567 que deja sin efecto el Decreto Nº 2428 del 05 de noviembre del 2012, reglamentario de la Ley de Biocidas Nº 7032, aprobada en julio del 2012.

Como la anterior reglamentación este nuevo decreto (Nº 1567/13), fue emitido sin la participación de las organizaciones sociales y personas interesadas y/o afectadas;  ; pese a todo el discurso de la "participación" que despliegan en cada acto los funcionarios de gobierno.  

Lo más grave e indignante de esta segunda reglamentación ( Decreto Nº 1567/13) es que excluye, justamente, aquellos avances más importantes en protección a la salud, a la biodiversidad y el ambiente, que fueron incluídos en el Decreto Nº 2428/12; por ejemplo: excluye algunos requisitos que hacían más controlable las actividades de quienes fabrican, elaboran, distribuyen, venden, aplican, agrotóxicos; excluye las prohibiciones establecidas en el Art. 6 (Productos de Banda Roja - 2,4 D y Nonilfenol*); también los párrafos referidos a la publicación de los registros (Art. 7); la obligatoriedad de tener a disposición equipos de protección en las comercios dedicados a la venta de agrotóxicos (Art. 10), lo relacionado a la línea gratuita para denuncias que debería estar disponible las 24 horas (Art. 34).

Si bien el nuevo Decreto excluye también el párrafo que en el Art. 32 establecía: la obligación de no gestante para el personal femenino que trabaje en comercios expendedores y aplicadores;  esta condición subsiste ya que está previsto en la Ley Nº 7032 - en el Art. 35 que: queda prohibida la venta de productos regulados por la ley de biocidas a menores de 18 años y mujeres en estado gestante y de latancia, como también su intervención en cualquier tipo de tareas relacionadas con actividades de manipuleo de estos productos.

En lo relativo a las DISTANCIAS:  el nuevo decreto borra el límite mínimo de reducción establecido por la anterior reglamentación ( hasta un 60% las terrestres y un 30% las aéreas - Art. 27).

Recordamos que de la misma manera que fueron emitidos los citados decretos reglamentarios de la Ley de Biocidas, en forma artera, fue incluído el día de la sesión legislativa, donde se aprobó la ley, el Artículo 27;  que hechó por tierra las ya cuestionables distancias establecidas en el Artículo 26.

Estableciendose en la reglamentación, del Art. 27, que las "partes" podrán acordar la reducción teniendo en cuenta algunos requisitos;  algo realmente aberrante ya que nadie tiene el derecho de permitir que se ponga en peligro de contaminación el aire, el suelo, el agua ni exponer a esos peligros la salud pública, estamos tratando de sustancias cuyos efectos nocivos pueden persistir durante años y cuyas consecuencias sólo se advierten a mediano o largo plazo.  Ahora no hay límite mínimo de reglamentación, la autoridad de aplicación que va a sugerir?

Desde la Red de Salud y otras organizaciones insistiamos en la necesidad de establecer por ley todas aquellas  cuestiones que se pudieran, aunque la misma quede como una norma reglamentaria a la vez por su precisión; insistiamos en ello visto que en los más de veinte años de la vigencia de la anterior ley (3378) y su reglamentación y luego de conocidas denuncias de constantes violaciones a la misma, de afectaciones a la salud, a la biodiversidad y el ambiente, ningún Gobernador tuvo la valentía de hacer cumplir mínimamente lo establecido en la Constitución Provincial, desde los fines enumerados en el preámbulo a  los artículos 36, 37, 38, 39. 

En estos dias se cumplen tres años de los hechos de violencia y las agresiones que tuvieron que sufrir los vecinos de La Leonesa y Las Palmas; entendemos porqué desde el gobierno nada se hizo para evitar esos hechos ni para dar con los agresores; comparten los mismos códigos, esta forma de actuar y de violentar derechos y garantías constitucionales, esta forma de mentir, también es violencia y nos causa daños.

En tanto se fomenta un sistema productivo depredador a la vez se deja a los pueblos fumigados en total desprotección, no se refuerzan los sistemas de monitoreo y control, no se refuerzan los sistemas de prevención en salud ni de atención a los ya enfermos; hay hospitales que no cuentan ni siquiera con equipos de rayos X, hospitales donde se atienden partos y no tienen incubadora, etc., etc.

No hay un estado ausente en materia ambiental, la definición de la política ambiental está decidida, es clara, debe ser sustentable para unos pocos.  

La creación de un nuevo Ministerio, como el de Planificación y Ambiente, con esta orientación de la política ambiental gubernamental, sólo ha servido para seguir validando la misma y crear empleos; el pueblo expuesto a las agresiones de las actividades contaminante aún sigue en peligro.

Resulta peligroso para la salud pública dejar en manos de funcionarios que se someten servilmente a los intereses de las corporaciones las decisiones relacionadas al control de estas actividades; resulta peligroso para la soberanía económica que nuestros funcionarios cedan ciegamente a las apetencias de quienes son los más beneficiados por este sistema productivo.  Monsanto y compañía se adueñan de nuestro futuro.

Resulta muy casual que justamente en el mes de agosto se emita este nuevo decreto, dejando en la incertidumbre lo relacionado a la aplicación de productos de banda roja, 2,4 D y nonilfenol. 

Desde la Red de Salud continuaremos reclamando por la plena vigencia de los derechos a la salud, a la vida, a un ambiente sano y equilibrado, para las generaciones presentes y futuras.

Reiteramos nuestra indignación y repudiamos este accionar de la administración en contra del bien común, de la salud pública, y que viola los principios del estado de derecho.

sustancia prohibida en la Unión Europea desde 2005
 
 
Alejandra Gómez–DNI Nº 17.397.579             María del Carmen Seveso–DNI Nº 5.468.658
      (Asesora Legal)                                           ( Médica )
                                                        Coordinadora del Interior
 
 
 
Ana Lía Otaño–DNI Nº 4.488.956
      (Médica Pediatra)
Coord- Equipo Médico Asesor
 
 
 
 

"RED DE SALUD POPULAR DR. RAMON CARRILLO" 
CORRIENTES Nº 220 - RESISTENCIA - CHACO
 
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Contactos:  0364-15-4620701 - 0362-15-4664745
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  • El estado no puede quedar indiferente ante el proceso económico, porque entonces no habrá posibilidad de justicia social, y tampoco puede quedar indiferente ante los problemas de la salud de un pueblo, porque un pueblo de enfermos no es ni puede ser un pueblo digno-.
  • En esta época de independencia política y económica, debemos afirmar también nuestra independencia científica. Debemos tener un sentido de afirmación propia y universal, sin menoscabo de lo extranjero, pero también sin aceptación servil. Dr. Ramón Carrillo.
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