La Ley de Biocidas muestra un gran desconocimiento de los chaqueños
El decreto 1567 que lleva las firmas del gobernador Jorge Capitanich y del ministro de Planificación y Ambiente, Raúl Codutti, establece acordar con los municipios la imposición de los límites para la fumigación, desconociendo las voces del pueblo chaqueño...
Resignación en Napenay ante el impacto en la salud por la aplicación de agroquímicos en la zona
NAPENAY, AVIA TERAI y LOS FRENTONES (Enviados especiales) - “... Y qué más puedo decir?... lo que a nosotros nos toca vivir aquí es muy feo, pero nos estamos acostumbrando tanto que ya ni siquiera denunciamos nada” dijo con resignación Rubén Luque, un vecino de Napenay que vive sobre el acceso pavimentado. Aseguró que “ahora estamos mejor” porque se fueron ganando algunas batallas “contra los que venían, sembraban y tiraban veneno sin importarles nada”. Así sintetizan pobladores de la zona el impacto en la salud humana de agroquímicos en la producción y a la vez desnudan un gran desconocimiento de la Ley de Biocidas.
La comunidad de Napenay, prácticamente está rodeada de campos en los cuales se realiza explotación agrícola. La utilización de agroquímicos, necesarios para la actividad no es excusa para que no se respeten las distancias que el nuevo decreto 1567 que lleva las firmas del gobernador Jorge Capitanich y del ministro de Planificación y Ambiente, Raúl Codutti, establece acordar con los municipios la imposición de los límites.
Rubén Luque, un vecino de Napenay, comentó a NORTE su experiencia.
“Mírenlo ustedes mismos, acá no se respeta nada, y mis hijos se criaron junto al veneno. Antes acá venía el avión y desparramaba veneno y logramos que el dueño del campo no les alquile más a unos cordobeses que sembraban soja” recordó pero alertó que las prácticas agrícolas se siguen haciendo “pero ahora con mosquito y tratamos que se fumigue cuando no hay viento”.
Qué dice el nuevo decreto
En cuanto a las distancias y aplicaciones, la reglamentación indica que el Ministerio de Planificación propondrá a los municipios de la provincia el proyecto de la “línea agronómica” o “límite geográfico” desde donde se tomarán las distancias de restricción para aplicación de agroquímicos. Esa línea agronómica deberá ser aprobada por ordenanza municipal.
En Napenay, la primera localidad visitada por NORTE, aun ni se abordó el tema en el Concejo Municipal. Y hay un gran desconocimiento de la población acerca de la Ley de Biocidas.
Las fumigaciones aéreas continúan en los campos de la zona donde la gente asiste resignada a estas labores con agroquímicos.
“Estamos en la nada, nos enteramos que se hacen charlas pero acá no hay nada, y vamos a hacer un pedido a la intendencia porque aquí hay lotes preparados para siembra y están cerca de las casas porque el pueblo creció muchísimo” afirmó Rosaura Acosta, una vecina que tiene dos hijos en la escuela secundaria de Napenay.
Sobre las pulverizaciones
Hay un dato a tener en cuenta es que con fecha 2 de agosto de este año, el Poder Ejecutivo chaqueño derogó el Decreto 2428/12 que reglamentó el año pasado la Ley de Biocidas 7032. Entre los fundamentos, el texto señala que la modificación surgió tras “la experiencia de la aplicación de la ley”. Esta norma, sancionada por la Cámara de Diputados a mediados de 2012, había tenido un amplio proceso de difusión y participación comunitaria en los pasos previos a su aprobación legislativa, promulgación y reglamentación.
El nuevo decreto, el 1567 faculta a la cartera que preside Codutti, a dictar las medidas complementarias, aclaratorias e instrumentales que resulten necesarias para su implementación.
En el anexo al nuevo decreto, queda establecida la reglamentación para la mayoría de los 55 artículos que componen la norma, que regula las distancias para las aplicaciones con agroquímicos, los productos que pueden utilizarse, las reglas que deben cumplir los aplicadores y la conformación de la receta agronómica, entre otros.
En cuanto a las distancias, señala que se ampliarán a 4000 metros para el caso de pulverizaciones aéreas y 2000 metros para las terrestres, cuando “existan datos epidemiológicos publicados por el Ministerio de Salud Pública con problemáticas de salud estadísticamente significativas y relacionadas con contaminantes provenientes del uso de agroquímicos”.
Como fue establecido en la sanción de la norma, el organismo de aplicación es el Ministerio de Planificación y Ambiente de la provincia, en coordinación con las carteras de Salud, Producción y los municipios, en el marco de la Ley Nacional 25.675 de Ambiente y tratados internacionales.