PLATAFORMA DE LA CAMPAÑA ¡PAREN DE FUMIGARNOS ! DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
08.10.2011 22:08
PLATAFORMA DE LA CAMPAÑA PAREN DE FUMIGARNOS! DE LA PROV. DE SANTA FE
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Prohibir total y absolutamente cualquier tipo de aspersión aérea en toda la provincia. Dicha medida se encuentra vigente y aplicada en el territorio de la Unión Europea.
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Establecer una zona de exclusión de 800 metros de distancia en forma provisoria y con tendencia ascendente, con respecto al límite del ejido municipal, escuelas rurales, caseríos y cursos de agua para las aspersiones terrestres. Dicha medida está en consonancia con las últimas resoluciones judiciales.
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Propiciar la recategorización de todos los agrotóxicos en uso en forma inmediata, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 147/10 del Defensor del Pueblo de la Nación.
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Garantizar el estricto cumplimiento de la Ley N° 11.273 en lo que respecta a la comercialización y acopio de agrotóxicos en áreas urbanas.
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Establecer las disposiciones legales necesarias, a través de los órganos de gobierno respectivos, para que las empresas proveedoras de agrotóxicos se hagan cargo de los envases descartados.
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Prohibir la instalación de silos dentro del ejido municipal. Trasladar los existentes, en un plazo perentorio, a una distancia no menor de 5km. de las áreas urbanas.
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Dar cumplimiento público y privado en todo el territorio provincial de la Resolución N° 276/10 del Ministerio de Salud de la Nación (Registro de intoxicaciones por plaguicidas).
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Realizar con carácter de urgente estudios epidemiológicos de morbilidad y mortalidad asociada a agrotóxicos.
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Desarrollar y estimular programas de producción agroecológica en toda la provincia, promoviendo y coordinando iniciativas con organismos nacionales y áreas universitarias específicas.
Centro de Protección a la Naturaleza
Campaña "Paren de Fumigarnos!"
Belgrano 3716 - CP 3000 - Santa Fe - tel. 0342 4531157
www.cepronat-santafe.com.ar
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