PLATAFORMA DE LA CAMPAÑA ¡PAREN DE FUMIGARNOS ! DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

08.10.2011 22:08

 

PLATAFORMA DE LA CAMPAÑA PAREN DE FUMIGARNOS! DE LA PROV. DE SANTA FE

 

  1. Prohibir total y absolutamente cualquier tipo de aspersión aérea en toda la provincia. Dicha medida se encuentra vigente y aplicada en el territorio de la Unión Europea.

  2. Establecer una zona de exclusión de 800 metros de distancia en forma provisoria y con tendencia ascendente, con respecto al límite del ejido municipal, escuelas rurales, caseríos y cursos de agua para las aspersiones terrestres. Dicha medida está en consonancia con las últimas resoluciones judiciales.

  3. Propiciar la recategorización de todos los agrotóxicos en uso en forma inmediata, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 147/10 del Defensor del Pueblo de la Nación.

  4. Garantizar el estricto cumplimiento de la Ley N° 11.273 en lo que respecta a la comercialización y acopio de agrotóxicos en áreas urbanas.

  5. Establecer las disposiciones legales necesarias, a través de los órganos de gobierno respectivos, para que las empresas proveedoras de agrotóxicos se hagan cargo de los envases descartados.

  6. Prohibir la instalación de silos dentro del ejido municipal. Trasladar los existentes, en un plazo perentorio, a una distancia no menor de 5km. de las áreas urbanas.

  7. Dar cumplimiento público y privado en todo el territorio provincial de la Resolución N° 276/10 del Ministerio de Salud de la Nación (Registro de intoxicaciones por plaguicidas).

  8. Realizar con carácter de urgente estudios epidemiológicos de morbilidad y mortalidad asociada a agrotóxicos.

  9.  Desarrollar y estimular programas de  producción agroecológica en toda la provincia, promoviendo y coordinando iniciativas con organismos nacionales y áreas universitarias específicas.

 

 



Centro de Protección a la Naturaleza 
Campaña "Paren de Fumigarnos!"
Belgrano 3716 - CP 3000 - Santa Fe - tel. 0342 4531157 
www.cepronat-santafe.com.ar

—————

Volver